No.
Según el derecho internacional (*) no lo son.
Cuarto Convenio de Ginebra – Wikipedia
Fue adoptado en agosto de 1949 y define las protecciones humanitarias para los civiles en una zona de guerra.
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Actualmente hay 196 países parte en los Convenios de Ginebra de 1949, incluidos este y los otros tres tratados.
En 1993, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó un informe del Secretario General y una Comisión de Expertos que concluyó que los Convenios de Ginebra habían pasado al cuerpo del derecho internacional consuetudinario, haciéndolos vinculantes para los no signatarios de los Convenios cada vez que participar en conflictos armados.
Tratados, Estados partes y Comentarios
El artículo 49 (1) establece
Las transferencias forzadas individuales o masivas, así como las deportaciones de personas protegidas del territorio ocupado al territorio de la Potencia ocupante o al de cualquier otro país, ocupado o no, están prohibidas, independientemente de su motivo.
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El artículo 49 (6) establece
La Potencia ocupante no deportará ni transferirá partes de su propia población civil al territorio que ocupa.
Además, puede haber resoluciones específicas de la ONU sobre conquistas particulares que lo harían más explícitamente ilegal.
(*) Agradezco que a veces sea difícil hacer cumplir esa ley. Pero eso no significa que la ley sea nula.