La Liga Musulmana de Toda la India se reunió en Lahore en marzo de 1940. La Liga adoptó una resolución que se conoce como la Resolución de Lahore. El 23 de marzo, fecha en que se adoptó esta Resolución, se celebra en Pakistán todos los años. La resolución fue movida en la sesión general por AK Fazlul Huq, el primer ministro de Bengala indivisa, y fue secundada por Choudhury Khaliquzzaman, un líder de la Provincia Unida.

Si bien aprueba y respalda las medidas adoptadas por el Consejo y el Comité de Trabajo de la Liga Musulmana de toda la India, como se indica en sus resoluciones de 27 de agosto, 17 y 18 de septiembre y 22 de octubre de 1939 y 3 de febrero, 1940 sobre el tema constitucional, esta sesión de All India Muslim League reitera enfáticamente que el esquema de federación incorporado en la Ley del Gobierno de India de 1935 es totalmente inadecuado e inviable en las condiciones particulares de este país y es totalmente inaceptable para la India musulmana. .
Además, registra su enfática opinión de que, si bien la declaración fechada el 18 de octubre de 1939 hecha por el virrey en nombre del gobierno de Su Majestad es tranquilizadora en la medida en que declara que la política y el plan sobre los cuales la Ley del Gobierno de la India, 1935, su base será reconsiderada en consulta con varios partidos, intereses y comunidades en India, los musulmanes en India no estarán satisfechos a menos que todo el plan constitucional sea reconsiderado de novo y que ningún plan revisado sea aceptable para los musulmanes a menos que esté enmarcado con su aprobación y consentimiento.

Se resolvió que, en esta sesión de la Liga Musulmana de toda la India, se considera que ningún plan constitucional sería viable en este país o aceptable para los musulmanes a menos que esté diseñado sobre los siguientes principios básicos, a saber, que las unidades geográficamente contiguas están demarcadas en regiones que deberían constituirse, con los reajustes territoriales que sean necesarios para que las áreas en las que los musulmanes sean numéricamente mayoritarios, como en las zonas noroccidental y oriental de la India (británica), deberían agruparse para constituir ‘estados independientes’ en que las unidades constituyentes deben ser autónomas y soberanas.
Que las garantías adecuadas, efectivas y obligatorias se establezcan específicamente en la constitución para las minorías en estas unidades y en las regiones para la protección de sus derechos e intereses religiosos, culturales, económicos, políticos, administrativos y de otro tipo en consulta con ellos y en otras partes de la India, donde los musulmanes son minoría, se proporcionarán salvaguardas adecuadas, efectivas y obligatorias específicamente en la constitución para ellos y otras minorías para la protección de sus derechos e intereses religiosos, culturales, económicos, políticos, administrativos y de otro tipo en consulta con ellos .
La Sesión además autoriza al Comité de Trabajo a enmarcar un esquema de constitución de acuerdo con estos principios básicos, estableciendo finalmente que las respectivas regiones asuman todos los poderes, tales como defensa, asuntos externos, comunicaciones, costumbres y otros asuntos que puedan ser necesario.

Todo el comité de trabajo de la india.