¿Seguiría la corte de EE. UU. La decisión de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) sobre la demanda contra los nazis? Por qué ?

No creo que las decisiones de la CIJ tengan fuerza legal directa en la ley de ningún país. Los tribunales nacionales pueden, si lo desean, considerar las decisiones de la CIJ, pero solo en los puntos consideran que la ley nacional no se resuelve definitivamente. Además, las legislaturas pueden tener en cuenta las decisiones de la CIJ al enmarcar nuevas leyes. Por lo tanto, las decisiones de la CIJ pueden ayudar a dar forma a la legislación nacional, pero no la anulan.

Estados Unidos retiró el reconocimiento de la CIJ en 1986, cuando la CIJ dictaminó que le debía reparaciones de guerra a Nicaragua. (Por lo tanto, todavía lo hace, al menos según el derecho internacional). Los demócratas de EE. UU. Tienden a favorecer lentamente el reconocimiento; los republicanos tienden a favorecer el desafío contra la corte. Es muy posible que los jueces de los Estados Unidos también estén divididos sobre si se debe dar alguna consideración a las resoluciones de la CIJ. Ciertamente, no tienen que hacerlo.

Considero que la postura de los Estados Unidos es de inmunidad soberana. En la comunidad de naciones hobbesiana, Estados Unidos se considera a sí mismo como Rey, y los Reyes no suelen estar obligados por las decisiones de sus propios tribunales.

No. Primero, los individuos no tienen derecho a presentar una queja ante la CIJ, solo los estados lo hacen y en contra de otros estados. En segundo lugar, las opiniones de la CIJ no son vinculantes en los tribunales de EE. UU. En sí mismas a partir de la decisión de la Corte Suprema de 2008, Medellín v. Texas.

Si algún tribunal fuera relevante, sería la Corte Penal Internacional, no la Corte Internacional de Justicia.

Es posible que las partes lesionadas puedan presentar una demanda directamente en un tribunal estadounidense, aunque la ley, derivada de la Ley de Alien Torts Clams, es compleja. Ver, por ejemplo, Filartiga v. Pena-Irala