No. La Constitución de los Estados Unidos establece que solo el Congreso puede hacer una declaración de guerra, y prohíbe expresamente a los Estados que lo hagan, “a menos que sea realmente invadido, o en un peligro inminente que no admitirá demora”.
El Artículo 1, SECCIÓN 10, establece:
Ningún Estado entrará en ningún Tratado, Alianza o Confederación; conceder cartas de marca y represalia; moneda de dinero; emitir cuentas de crédito; hacer cualquier cosa que no sea moneda de oro y plata una oferta en pago de deudas; aprobar cualquier Acta de Ingreso, Ley ex post facto o Ley que menoscabe la Obligación de Contratos, o otorgar cualquier Título de Nobleza.
Ningún Estado, sin el Consentimiento del Congreso, impondrá Impuestos u Obligaciones a las Importaciones o Exportaciones, excepto lo que sea absolutamente necesario para ejecutar sus Leyes de inspección: y el Producto neto de todos los Deberes e Impuestos, establecidos por cualquier Estado sobre Importaciones o Las exportaciones serán para uso del Tesoro de los Estados Unidos; y todas estas Leyes estarán sujetas a la Revisión y Control del Congreso.
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Ningún Estado, sin el consentimiento del Congreso, impondrá un deber de tonelaje, mantendrá tropas o buques de guerra en tiempo de paz, celebrará un acuerdo o pacto con otro Estado, o con una potencia extranjera, o participará en la guerra, a menos que realmente invadido, o en un peligro tan inminente que no admitirá demora.